Contrátanos. Empresas
TRABAJOS QUE REALIZAMOS PARA EMPRESAS
  • Montajes eléctricos
  • Carpintería, piezas y muebles a medida
  • Montajes mecánicos
  • Rebabado
  • Reciclaje y ordenación de materiales
  • Mantenimiento de instalaciones
  • Manipulado, embalaje y etiquetado de productos
  • Preparación de kits
  • Almacenaje y preparación de pedidos
  • Elaboración de juntas
  • Control de calidad
  • Diversas tareas en almacenes
  • Manipulación y clasificación de productos
  • Ensobrado y etiquetado de cartas y publicidad
  • Bricolaje y reparaciones en oficinas
  • Mudanzas y traslados
  • Vaciado de lonjas y trasteros
  • Traslado y recolocación de archivos
  • Destrucción de documentos
  • Traslado a Punto Limpio (Garbigune)
  • Manipulados para imprenta
  • Estamos abiertos a nuevos trabajos, si tienes una idea ponte en contacto con nosotros.
Estamos abiertos a nuevos trabajos, si tienes una idea ponte en contacto con nosotros.
Empresas con más de 50 trabajador@s
Si tu empresa tiene más de 50 trabajador@s tienes unas obligaciones derivadas del Real Decreto Ley 1/2013 que nosotros te ayudamos a cumplir.

Según el artículo 42 del RDL 1/2013, las empresas, públicas o privadas, de más de 50 personas trabajadoras tienen obligación de contratar al menos un 2% de su plantilla de personas trabajadoras con discapacidad.

La Ley también permite, de una manera excepcional, que las empresas cumplan con dichas obligaciones a través de alguna de las siguientes medidas alternativas:
  • Celebrar un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo o persona trabajadora autónoma con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa.
  • Celebrar un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
  • Realizar una donación o acción de patrocinio, siempre de carácter monetario, a favor de una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad.
  • Constituir un enclave laboral conforme a lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero.
Si estás interesado, contacta con nosotros.